El presidente municipal de Boca del Río es el titular del poder ejecutivo del municipio de Boca del Río y sus regidurías. Es además quién preside el Ayuntamiento de Boca del Río o también denominado primer edil. El mandato actual dura 4 años.
Naturaleza jurídica
La naturaleza jurídica del presidente municipal se encuentra en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece, en su fracción I:
La Constitución Política del Estado de Veracruz, en su artículo 68 establece:
Requisitos para acceder al cargo
Los requisitos para ser presidente municipal de Boca del Río o primer edil vienen contemplados en el artículo 69 de la Constitución Política del Estado de Veracruz.