La cualidad de tercero hipotecario en España la ostenta el que reúne los requisitos delimitados en el artículo 34 de la Ley Hipotecaria. Se diferencia del tercero adquirente civil en que éste, al realizar una adquisición derivativa, queda en la misma posición respecto a su adquisición que la que ostentaba la persona por la cual adquirió (nemo dat quod non habet); mientras que el tercero hipotecario adquiere la propiedad tal y como consta en el Registro.

La principal ventaja de que goza el tercero hipotecario es que los títulos de dominio o de otros derechos reales sobre bienes inmuebles, que no estén debidamente inscritos o anotados en el Registro de la Propiedad, no le perjudican.

Requisitos

  • Existencia de buena fe.
  • Adquisición a título oneroso.
  • Haber adquirido el derecho de la persona que figura en el Registro con facultades para transmitirlo.
  • Inscribir su adquisición en el Registro de la Propiedad.
  • Que el contrato de adquisición sea válido (por aplicación del artículo 33 de la Ley Hipotecaria).

Respecto a esto hay que hacer una serie de puntualizaciones:

  • La buena fe del tercero se presume siempre mientras no pruebe que conocía la inexactitud del Registro.
  • Los adquirentes a título gratuito no gozarán de más protección registral que la que tuviere su causante o transferente.

¿Cómo solicitar una hipoteca en España en 2023? YouTube

Ocho pasos para obtener tu crédito hipotecario La Tercera

6 de cada 10 viviendas en España se han comprado sin hipoteca en 2023

¿Cómo serán las hipotecas en 2023? RN Tu solución hipotecaria

Este es el principal motivo para hipotecarse en 2023, según los expertos